lunes, 6 de mayo de 2013

ARREGLOS VOLUNTARIOS PARA LA REORGANIZACION


REORGANIZACION
La reorganización en una quiebra es lo más indicado cuando existe un ingreso permanente que se puede utilizar para pagarles a los acreedores, al menos de forma parcial.
La presentación de una reorganización también genera una suspensión automática de cualquier actividad de cobro. El deudor confecciona un plan de repago para cancelar las deudas en un plazo de tres a cinco años mediante un síndico de quiebras. Si se cumple con determinadas condiciones, al finalizar correctamente el plan de pago, la deuda restante se cancela. Sin embargo, si el deudor no cumple con estos pagos que establece el plan o no cumple con la pensión alimenticia, con la manutención de menores o con el pago de determinados impuestos, el tribunal puede desestimar el caso o convertir la reorganización en liquidación.
PRORROGA
Una prorroga no es más que la posposición por parte de los acreedores del vencimiento de sus obligaciones. Más aún, mantienen sus derechos totales contra la compañía de que se trata; no acceden a un arreglo parcial. La posibilidad de que los acreedores recuperen el valor total de sus derechos depende por supuesto de que la compañía mejore sus operaciones y su liquidez. En una situación de prórroga, los acreedores existentes con frecuencia o están dispuestos a conceder crédito adicional en las nueva ventas e insisten en que las compras actuales se paguen en efectivo. Es obvio que ningún acreedor va a conceder la prórroga de una obligación si los demás no lo hacen también. Por consiguiente, normalmente se forma un comité de acreedores por parte de los principales acreedores para negociar con la compañía y formular un plan que sea satisfactorio para todos los involucrados.Ningún acreedor está obligado a seguir el plan. Si existen acreedores descontentos y sus derechos son pequeños, quizá los demás les liquiden con el fin de evitar los procedimientos legales.

2 comentarios:

  1. Con respecto a este tema nos habla que la reorganizaciòn existe cuando hay un ingreso permanente, se paga de manera parcial a los acreedores. Tambièn puedo decir que en esta situaciòn se suspende cualquiera actividad de cobro referente a la empresa.

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  2. En este tema con respecto a la propuesta debe demostrar a los acreedores que la empresa sobrevivir es viable, es decir que es rentable con flujo de caja positivo o fondos suficientes para financiar el comercio. Puede implicar una reorganización considerable, donde puede ser el costo de terminación de los contratos, tales como contratos de arrendamiento y el empleo figuran entre los acreedores.

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